La Facturación Electrónica en España se enmarca en el contexto más amplio de la adhesión de los países de la Unión Europea a la introducción de las facturas electrónicas.
La fecha de entrada en vigor está sujeta a la obtención de una derogación comunitaria; una vez publicada en el Boletín Oficial, pasarán 12 meses antes de que la obligación sea efectiva.
El sistema de Facturación Electrónica en España también se basa en una serie de plataformas privadas de intercambio que deben cumplir los requisitos del Real Decreto correspondiente para poder ser acreditadas.
Las facturas deben enviarse inmediatamente después de su creación en el sistema, aunque en determinadas condiciones la fecha límite para su envío es el día 16 del mes siguiente. Además, las vías previstas son CII, UBL, EDIFACT y Facturae.
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